La negativa vino del juez octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, Rubén Olvera.
México.- Un juez negó un amparo a la asociación religiosa Luz del Mundo en contra del bloqueo de sus cuentas bancarias, informó la Unidad de Investigación Financiera (UIF).
Para el juez octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, Rubén Olvera Arreola, el bloqueo respondió al cumplimiento por parte de la UIF.
Señaló que el área de la Secretaría de Hacienda, como autoridad del Estado mexicano, atendió a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), número 4.
La recomendación indica que los países deben tener mecanismos para congelar los bienes producto o intento de lavado de activos. Además, señala que las naciones de GAFI deben tener una Unidad de Inteligencia Financiera para recepción y análisis de información que tenga que ver lavado de dinero.
Bloqueo a cuentas de gente vinculada a la Luz del Mundo
El titular de la UIF, Santiago Nieto, dio a conocer el pasado 4 de marzo que se bloquearon las cuentas bancarias a seis personas relacionadas a la iglesia la Luz del Mundo.
El funcionario detalló que los bloqueos fueron por más de 359 millones de pesos y 1.5 millones dólares en montos directos, además de más de 82 mil pesos en montos a terceros.
Indicó que en la investigación a la organización religiosa se detectó que un pastor en tercera generación engañaba a sus víctimas por medio de la fe para que dieran donativos y, al mismo tiempo, había una práctica de pornografía infantil y explotación sexual.
Actualmente, el líder de la organización cristiana, Naasón Joaquín García, se encuentra preso en Estados Unidos por abuso a menores.
Luz del Mundo impugnó la determinación de la UIF
La Luz del Mundo impugnó la determinación de la UIF bajo el argumento de que los bancos involucrados, incluidas varias filiales de BBVA Bancomer, Banco Santander y Banco Interacciones, ejercieron actos de autoridad en su contra.
Agregó que el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito es violatorio del artículo 21 de la Constitución, puesto que el Ministerio Público de la Federación es la única autoridad con facultades de investigación.
La Luz del Mundo además dijo que no ha sido designada por alguna autoridad extranjera como una empresa o institución que se haga acreedora a una sanción o medida financiera restrictiva, única condición en la que podría acreditarse uno de los supuestos que marca el artículo 115 de la citada ley.