Podrían suspender salarios por COVID-19: Ley Federal del Trabajo

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La enfermedad contagiosa del trabajador es causa de suspensión temporal de las obligaciones de prestar servicio y pagar salario.

CIUDAD DE MÉXICO.-En caso de que un trabajador se contagie de covid-19, podrá ser suspendido temporalmente de su centro de trabajo e incluso, dejar de percibir su salario, según lo prevé la Ley Federal del Trabajo.


Esta suspensión se considera en caso de que un trabajador contraiga una enfermedad contagiosa que ponga en riesgo a otros colaboradores, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo.


En su fracción I, indica que la enfermedad contagiosa del trabajador es causa de suspensión temporal de las obligaciones de prestar servicio y pagar salario.


Sí será motivo de suspensión temporal de la relación de trabajo si uno de los trabajadores presenta una enfermedad contagiosa e implica un riesgo para el resto de la plantilla.


“Si alguien da positivo en coronavirus será remitido a su casa y no podrá asistir a sus labores hasta que sea dado de alta”, aseguró el abogado laboral Diego García Saucedo.


Afirmó que el covid-19 se engloba dentro del supuesto de enfermedad contagiosa porque implica un peligro sanitario general. Es un caso de excepción.

Lo que no está en la ley es que ante este caso qué pasaría con el salario del trabajador, si seguirá la regla de una incapacidad médica (en la que el IMSS cubre el salario) o simplemente no se pagará el salario”, dijo García Saucedo.

Desde su punto de vista, sería histórica la aplicación de este artículo y el 42 bis de la Ley Federal del Trabajo.

Las empresas, no importando su tamaño, deberán tomar medidas para identificar a los colaboradores que tengan alguna afección respiratoria, señaló la Asociación Mexicana de Empresas en Recursos Humanos.

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