Se podrá fumar cannabis en espacios públicos y se venderá sólo en lugares designados por el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis.
La ley para la regulación del cannabis que propone la bancada de Morena y que se discute en el Congreso, permitirá a los usuarios fumar cannabis en espacios públicos, con excepción de los espacios 100% libres de humo de tabaco.
De acuerdo con la iniciativa del senador Ricardo Monreal, se podrá fumar cannabis en espacios públicos 100% libres de humo y se venderá sólo en lugares designados por el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis.
La iniciativa de ley reconoce “expresamente el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad, el cual implica la consecución del proyecto de vida que para sí tiene el ser humano, como ente autónomo, de tal manera, supone el reconocimiento del Estado sobre la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin coacción, ni controles injustificados o impedimentos por parte de los demás, con el fin de cumplir las metas u objetivos que se ha fijado, siempre y cuando no afecte el ejercicio del derecho de terceros”.
Los reglamentos se “emitirán a más tardar 180 días después de la publicación de la ley en el Diario Oficial de la Federación, además de que las autoridades correspondientes deberán, en un periodo de 30 días, elaborar los correspondientes programas de excarcelación de personas susceptibles de beneficiarse del decreto”.
Estos son cinco dudas respecto a la cosecha y uso lúdico del cannabis.
¿Dónde se podrá fumar?
En espacios públicos, con excepción de los espacios 100% libres de humo de tabaco.
¿Cultivar mariguana para uso personal?
Cualquiera que registre sus plantas ante el Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis. La propuesta plantea entre seis y 20 plantas en propiedad privada. Para una producción no mayor a 480 gramos al año.
¿Dónde se podrá comprar?
En puntos de venta autorizados como en California, Estados Unidos, en Ontario, Canadá o Ámsterdam, Holanda. Los puntos de venta abrirán sólo hasta que sean entregadas las licencias y autorizados los comercios por parte del Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis.
¿Cuánta mariguana se puede portar en la calle?
Si se aprueba la ley como esta, el porcentaje permitido de posesión para uso lúdico pasará de 5 a 28 gramos. La propuesta dice, la medida antropométrica, que quepa en la cuenca de ambas manos del poseedor.
¿Qué prohibiciones habrá?
La venta a menores de edad o involucrar a menores en su cultivo, cosecha o venta. La publicidad y promoción de los productos derivados de cannabis y la venta de cigarros de mariguana por unidad, entre otras.