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Descontarán faltas a diputados que busquen reelección
Agencia Reforma |

La Cámara de Diputados aplicará el descuento del día de dieta a los legisladores que sean candidatos a la reelección consecutiva y no asistan a las sesiones del Pleno, sea a distancia o presenciales.



El Pleno aprobó este jueves en nuevo acuerdo sobre la sanción a los diputados faltistas.

El descuento por día de dieta será de 2 mil 500 pesos.

La sesión de este jueves comenzó con 458 diputados asistentes y la asistencia más baja fue de 443 legisladores, en la votación de una reforma a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

“Las inasistencias a las sesiones presenciales o semipresenciales del Pleno, de las diputadas y los diputados que opten por la elección consecutiva generará el descuento de la dieta correspondiente al día en que se presente la inasistencia, sin perjuicio de las previsiones del Reglamento de la Cámara de Diputados y en su caso las sanciones establecidas en la normatividad electoral por violación a las normas de proselitismo”, cita el acuerdo.


En enero, 439 de los 500 diputados manifestaron su intención de reelegirse.

Sin embargo, no todos están quedando en las listas de los partidos políticos y otros están optando por candidaturas a distintos cargos de elección popular, por lo que aún no hay una lista definitiva de legisladores federales por la reelección consecutiva.

El acuerdo señala que para las sesiones presenciales y semipresenciales se aplicará el reglamento sobre la comprobación de inasistencias.

Se precisa que para el segundo periodo ordinario de sesiones la suspensión de plazos establecida con motivo de la contingencia sanitaria por Covid-19 no aplicará en materia de justificación de inasistencias.


El acuerdo agrega que cuando se convoque a sesiones en modalidad semipresencial, las inasistencias deberán ser justificadas en los términos del Reglamento de la Cámara de Diputados y del Reglamento para la Contingencia Sanitaria que la Cámara de Diputados aplicará en las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias.

“Cuando se convoque a sesiones en modalidad presencial, las inasistencias a solicitud del Grupo Parlamentario podrán ser consideradas como justificadas por causa de fuerza mayor por contingencia sanitaria. Debido a la contingencia sanitaria, el plazo establecido en el artículo 50 del Reglamento de la Cámara de Diputados será de 10 días hábiles.

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